Recuperación empresaria CAC

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RECUPERACIÓN

EMPRESARIAL


Este es un procedimiento extrajudicial de salvamento para los empresarios que se han visto afectados por la disminución de actividades e ingresos en virtud al COVID- 19, el cual está previsto por el Decreto Legislativo 560 de 2020 y en el Decreto Reglamentario 842 de 2020, este procedimiento les permite suscribir acuerdos de pago con sus acreedores con el fin de cumplir sus obligaciones y garantizar su actividad económica para proteger el empleo. 


Horario de atención

 Lunes a viernes de  8:00 a.m a 12:30 p.m y de 1:30 p.m a 5:00 p.m

 [email protected][email protected]

 (60)(6) 340 3030 ext 3000 - 3001

Vigilado por el Ministerio de Justicia y del Derecho.


¿Cuáles son los alivios tributarios a los que puede acceder el deudor?     

Quienes quieran acogerse a este procedimiento tendrán la posibilidad de negociar sus obligaciones con los acreedores, el proceso será direccionado por un mediador y el deudor tendrá un tiempo máximo tres (3) meses para lograr un acuerdo. 

Cabe resaltar que durante este periodo, los procesos ejecutivos o de cobro coactivo que se adelanten en contra del deudor se suspenderán.  



¿Cuáles son los alivios tributarios a los que puede acceder el deudor?     

Con el fin de ayudar el flujo de caja de las empresas que inicien el proceso de recuperación empresarial, se adoptarán las siguientes medidas que tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

No estarán sometidas a retención o auto-retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y estarán exoneradas de liquidar y pagar el anticipo de renta de que trata el artículo 807 del Estatuto Tributario. 

Estarán sometidas a retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas IVA del cincuenta por ciento (50%).  

No se encuentran obligadas a liquidar renta presuntiva por el año gravable 2020.  


¿Cómo accedo a este servicio?  

Se debe radicar la solicitud a la Cámara de Comercio de Pereira ya sea de manera presencial o a través de los correos electrónicos [email protected] , la misma debe contener lo siguiente: 



Una vez se radique y cumpla con los requisitos, se le da trámite a la solicitud, se designa un mediador de la listas de la entidad y este le da inicio al procedimiento de recuperación empresarial, el cual debe durar máximo 3 meses para llegar a un acuerdo.  

Tarifas

MONTO DE LOS PASIVOS TARIFA  

 




Listado de mediadores

Conozca a los mediadores que  trabajan en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Pereira.


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