Accesibilidad

Incrementar o reducir el tamaño de la fuente

Cambiar el idioma

Modifica el contraste

Activar o desactivar el acromatopsia

Activar o desactivar la visión borrosa

Lectura de página automatica

Reproducción de texto al selecionarlo

Restablecer valores de accesibilidad

Imagen de cabecera

Afiliado Preferencial

Cámara de Comercio de Pereira

Afiliado preferencial

Nuestro programa de atención preferencial a los empresarios se reinventa para acercarse mucho más a las necesidades puntuales que tu negocio necesita. Asesoría especializada, simplificación de trámites, acceso exclusivo a contenido, eventos y membresía oficial del grupo VIP de empresas de la región. 


REGLAMENTO AFILIADO PREFERENCIAL


Beneficios exclusivos para hacer que tu negocio crezca

Conoce aquí el listado de beneficios, descuentos y actividades que tienen nuestros Afiliados Preferenciales. Es el momento para que tu negocio y empresa se relacione con grandes aliados y proveedores reconocidos de la región.   

Realiza networking, canjea cupos disponibles y mucho más, Haz parte de esta gran red.


CONOCER MÁS AQUÍ

Todos estos beneficios se recibirán presentando el carnet Afiliado Preferencial   


Convenios

Actividades

Conoce el listado de todos los descuentos por convenios que tenemos para ti: 

Saber más

 Asistir a la Asamblea de Afiliados preferenciales.



Accede directamente a

Conferencias constantes

Charlas digitales gratuitas para tu negocio - AQUÍ

Directorio Cámara de Comercio de Pereira

Nuestro personal está a un contacto - AQUÍ


Haz parte de AFILIADO PREFERENCIAL


Contáctanos 

Natalia Gomez Bedoya

 [email protected]  

Sandra Yarce Maldonado

 [email protected]  

 (+57) 301 724 1418


Ten en cuenta la siguiente información para ser
Afiliado Preferencial

Aquí te mostramos detalladamente la información necesaria para que puedas convertirte sin ningún inconveniente en Afiliado Preferencial; también encontrarás el reglamento de afiliados a la CCP.


REGLAMENTO AFILIADO PREFERENCIAL 

REQUISITOS

    Podrán ser afiliados a la Cámara de Comercio de Pereira, las personas naturales o jurídicas comerciantes que:

  • Tengan como mínimo dos (2) años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio.

  • Realicen la solicitud

  • Hayan cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matrícula mercantil en cada periodo

  • Hayan ejercido durante este plazo la actividad mercantil


DEBERES

DERECHOS

A. Elegir y ser elegidos miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio, bajo las condiciones y los requisitos que determinen la ley y las normas reglamentarias. 

B. Dar como referencia a la correspondiente Cámara de Comercio. 

C. Acceder gratuitamente a las publicaciones que determine la Cámara de Comercio. 

D. Obtener gratuitamente las certificaciones derivadas de su registro mercantil, sin exceder del monto de su cuota de afiliación.

A. Cumplir con el reglamento interno aprobado por la Cámara de Comercio.

B. Pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.

C. Actuar de conformidad con la moral y las buenas costumbres.

D. Denunciar cualquier hecho que afecte a la Cámara de Comercio o que atente contra sus procesos electorales.


Tarifas

Afiliado Preferencial

En aplicación a los criterios dispuestos por la Junta Directiva se informa a continuación las tarifas de Afiliación a la Cámara de Comercio de Pereira para el año 2026.


CONDICIONES

Para ser afiliado o conservar esta calidad, las personas naturales o jurídicas deberán acreditar que no se encuentran incursas en cualquiera de las siguientes circunstancias: 

A. Haber sido sancionadas en procesos de responsabilidad disciplinaria con destitución o inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas; 

B. Haber sido condenadas penalmente por delitos dolosos; 

C. Haber sido condenadas en procesos de responsabilidad fiscal; 

D. Haber sido excluidas o suspendidas del ejercicio profesional del comercio o de su actividad profesional; 

E. Estar incluidas en listas inhibitorias por lavado de activos o financiación del terrorismo y cualquier actividad ilícita. 

Las Cámaras de Comercio deberán abstenerse de afiliar o deberán cancelar la afiliación de la persona natural o jurídica, cuando conozcan que no cumple o ha dejado de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo. En caso de que el representante legal del afiliado no cumpla o deje de cumplir los requisitos, la Cámara de Comercio lo requerirá para que subsane la causal, en un término no superior a dos (2) meses, so pena de proceder a la desafiliación.


Convenios Actuales

Afiliado Preferencial - Cámara de Comercio de Pereira




Bioparque Ukumarí


  • 20% de descuento en la compra de los pasaportes “Adulto” y “Niño” para el afiliado preferencial y tres (03) acompañantes más.
  • 26.6% de descuento en la compra del pasaporte “Adulto mayor” para el afiliado preferencial y tres (03) acompañantes más.
  • 10% de descuento en la celebración de cumpleaños “Safari Fiestas”, vacaciones recreativas y espacios para eventos.



Termales Santa Rosa de Cabal

  • 20% de descuento en los planes de pasadía en el hotel.

  • 10% de descuento en el alojamiento en el hotel.

  • 20% de descuento en los planes de pasadía en el balneario.












Joyería Gladis Parrado

15% en Joyería y 20% en relojería, aplicable sobre el valor con IVA incluido.

Seguros Bolívar

Diagnóstico de la empresa y póliza colectiva con tarifa preferencial.






Informar Publicidad S.A.S

10% en las tarifas publicitarias.


 notificaciones DE desafiliación

El Comité de Afiliados de la Cámara de Comercio de Pereira, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 1727 de 2014 y el artículo 2.2.2.38.2.13 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, se permite NOTIFICAR a las empresas que se relacionan a continuación que han perdido la calidad de afiliadas a la Cámara de Comercio de Pereira, al evidenciarse el incumplimiento de una o más de las condiciones y requisitos establecidos para conservar la afiliación, de conformidad con los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 1727 de 2014.

Se informa a los empresarios que contra la presente decisión podrán solicitar su revisión dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación remitida por correo físico o electrónico, mediante escrito en el que expongan los motivos de su inconformidad. La Cámara de Comercio de Pereira resolverá la solicitud dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación.

Adicionalmente, tenga en cuenta que contra la decisión que resuelve la solicitud anterior procede impugnación ante la Superintendencia de Sociedades dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la decisión, remitiendo la información al correo electrónico [email protected] con copia al correo electrónico [email protected]. La Superintendencia de Sociedades deberá resolver la impugnación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1727de 2014.


Continúe siendo afiliado en su nueva cámara

Importante: Si su empresa traslada el domicilio principal a la jurisdicción de otra cámara de comercio, podrá solicitar su afiliación en la nueva cámara, conservando su antigüedad, así como los derechos y obligaciones derivados de dicha calidad, siempre que la solicitud se presente dentro de los tres (3) meses siguientes a la inscripción del cambio de domicilio.

Para recibir orientación sobre este procedimiento o solicitar información relacionada con su afiliación, podrá comunicarse con el Área de Afiliados de la Cámara de Comercio de Pereira a través de los canales oficiales de atención:



Preguntas frecuentes

AFILIADO PREFERENCIAL

Resuelve las dudas que te han surgido mediante esta lista de preguntas frecuentes relacionadas con nuestro programa de Afiliado Preferencial


Icono de WhatsApp

Asesor en línea

¡Escríbenos!