Arbitraje
ARBITRAJE
Cláusula modelo para el Arbitraje
Listado de árbitros
Preguntas frecuentes
Generalmente hace parte del clausulado de un contrato celebrado por las partes, en el que de manera expresa se pacta que en el evento de un conflicto surgido en ocasión a dicho contrato las partes se abstienen de dirimirlo antes los jueces ordinarios y deciden que sea resuelto por un tribunal de arbitramento.
Excepcionalmente se puede pactar esta cláusula posteriormente al surgimiento del conflicto.
Se constituirán por el número de árbitros que las partes dispongan, siempre que se trate de un número impar.
Los tribunales de menor cuantía estarán integrados por un (01) árbitro y los de mayor, se constituirán por tres (03), salvo que las partes dispongan un número impar diferente.
Deberá presentarse en el Centro pactado por las partes en la cláusula compromisoria, si no se establece, deberá ser presentada en el domicilio de la parte demandada.
El costo de la presentación de la demanda arbitral depende directamente de la cuantía del trámite:
·Menor cuantía: Igual o inferior a 400 SMMLV, deberá pagar $877.803.
·Mayor cuantía o cuantía indeterminada: Superior a 400 SMMLV, deberá pagar $1.755.606.
El árbitro que esté interesado en ser inscrito en alguna de las listas del Centro, deberá presentar la solicitud a la Dirección del Centro de Arbitraje y Conciliación, acompañada de los documentos idóneos que sirvan de soporte a los requisitos mínimos que presenta el artículo anterior, y en especial deberá entregar los siguientes documentos:
1- Hoja de vida del peticionario acreditando la profesión y área de especialidad, en la que se indique su experiencia profesional.
2- Certificados y documentos que sirvan para acreditar sus conocimientos en arbitraje y en mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Podrán ser inscritos como Secretarios para los Tribunales de Arbitramento, previa aprobación del Comité, quienes cumplan los siguientes requisitos:
1- Solicitud dirigida al Centro, junto con la hoja de vida del peticionario en la cual se indique experiencia profesional mínima de dos (2) años y conocimiento profesional en materia procesal.
2- Haber cursado y aprobado el curso de capacitación dictado por el Centro.
3- Ser abogado en ejercicio.
VIGILADO por el Ministerio de Justicia y del Derecho