Registro Público Mercantil

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Ten en cuenta:

El Registro Mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exigiere esa formalidad. 

El Registro Mercantil será público. Cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de sus asientos o actos y obtener copias de los mismos.

( Artículo 26 del Código de Comercio ).


TRÁMITES DE REGISTRO

Haz clic sobre el archivo que deseas descargar o consultar:

Registro libros de comercio

Recuerda que es obligación de todas las personas jurídicas inscribir en la Cámara de Comercio todos los libros respecto de los cuales la Ley exija esa formalidad.

haz el registro


conoce más

Inscripción de actas y documentos

Antes de realizar el proceso de inscripción ante Cámara de Comercio de Pereira, debe generar el pago del impuesto de registro en  la Gobernación de Risaralda (boleta fiscal) 

haz la inscripción

Transformación de Sociedades

Antes de realizar el proceso de inscripción ante Cámara de Comercio de Pereira, debe generar el pago del impuesto de registro en  la Gobernación de Risaralda (boleta fiscal) 

haz la transformaciÓN

Matrícula sociedad


La sociedad es una persona jurídica que nace de un contrato celebrado por dos o más personas que se obligan a hacer un aporte, con el fin de repartirse entre sí las utilidades.

haz la MATRÍCULA

conoce más

Cambio de domicilio de persona natural y persona jurídica

Recuerda que al hacer cambio de domicilio o jurisdicción debes realizar el cambio en la Cámara de Comercio

haz el CAMBIO


conoce más

Constitución de Sociedad por Acciones Simplificada S.A.S

La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es una sociedad de capital creada por la Ley 1258 de 2008, cuya naturaleza será siempre comercial. 

haz la constitución

Disolución y liquidación de personas

La disolución es el momento en el que se inicia el proceso para finalizar las operaciones, relaciones y actividades de la entidad o sociedad, en aras de su posterior liquidación. 

haz la DISOLUCIÓN

 Inscribir compraventa de su establecimiento de comercio

Contrato por medio del cual se transfiere total o parcialmente la propiedad de un establecimiento de comercio.



haz la INSCRIPCIÓN

conoce más

Cancelación de
la matrícula

La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es una sociedad de capital creada por la Ley 1258 de 2008, cuya naturaleza será siempre comercial. 

haz la constitución

Registro de agencia o sucursal

Debe presentar la solicitud de matrícula y los documentos de apertura en la Cámara de Comercio con jurisdicción donde va a desarrollar la actividad.

haz la MATRÍCULA

Inscribir una Entidad Sin Ánimo de Lucro

Son personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, que nacen por voluntad de sus asociados para su beneficio y para cumplir un fin específico

haz la inscripción





¿Tienes algunas dudas?

FORMATOS

 Y FORMULARIOS DE REGISTRO



Cambios


Solicitudes



Ley 1780   De promoción del empleo y el emprendimiento juvenil

Las personas naturales o jurídicas que conformen empresa a partir del 2 de mayo de 2016 y cumplan con los requisitos de pequeña empresa joven. 


Formularios


Cancelación 

Registro de libros



DEPÓSITO

de los ESTADOS FINANCIEROS

Los Estados Financieros de Propósito General se conforman por los siguientes

Estados  financieros  Básicos:


Estado de situación financiera

Estado de cambios en el patrimonio

Notas a los Estados Financieros

Estado de Resultado Integral, por naturaleza del gasto 


Estado de flujos de efectivo, método directo o indirecto



Conoce el instructivo de los Depósitos de Estados Financieros


El artículo 41 de la Ley 222 de 1995, 

Estableció la obligación de depositar los estados financieros de la siguiente manera: 

Dentro del mes siguiente a la fecha en la cual sean aprobados, se depositará copia de los estados financieros de propósito general, junto con sus notas y el dictamen correspondiente, si lo hubiere, en la Cámara de Comercio del domicilio social. Esta entidad expedirá copia de tales documentos a quienes lo soliciten y paguen los costos correspondientes. 

Las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección, vigilancia o control podrán establecer casos en los cuales no se exija depósito o se requiera un medio de publicidad adicional, también podrán ordenar la publicidad de los estados financieros intermedios.

La Cámara de Comercio deberá conservar, por cualquier medio, los documentos mencionados en este artículo por el término de cinco años.

Exoneración del depósito de Estados Financieros en la Cámara de Comercio

En atención a la Resolución 220-006909 del 28 de junio de 2010 expedida por la Superintendencia de Sociedades y reglamentada por el artículo 150 del Decreto 019 de 2012; no será exigible la obligación de depositar los estados financieros de propósito general, junto con sus notas y el dictamen correspondiente, si lo hubiere, para las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, inspeccionadas, vigiladas o controladas por la Superintendencia de Sociedades que hubieren remitido la información financiera en los términos, detalle y oportunidad exigidos en la circular externa que anualmente expide la referida Entidad para el efecto.

REGLAMENTADA POR EL DECRETO 639 DE 2017

¿Cuál es el objetivo de la ley 1780 de 2016?

Esta ley busca incentivar la creación de nuevas empresas y promover la generación de empleo en los jóvenes. 

¿Quiénes son los beneficiarios de la ley 1780 de 2016?

La empresa cuyo personal no sea superior a 50 trabajadores y que sus activos no superen los 5.000 SMMLV.

Las personas naturales que tengan entre 18 y 35 años de edad al momento de solicitar la matrícula mercantil.vvv

Las personas jurídicas que tengan participación de una o varias personas que tengan entre 18 a 35 años de edad o que representen como mínimo la mitad más uno del total de las acciones suscritas o cuotas sociales.

¿Cuáles son los beneficios de la ley 1780 de 2016?

Exoneración del pago de la matrícula mercantil de la persona natural o jurídica.

Exoneración del pago de la renovación anual de la matrícula mercantil de la persona natural o jurídica por el primer año.

¿Cuándo ocurre la pérdida de los beneficios de la ley 1780 de 2016?

Cuando no se renueva la matrícula mercantil durante los tres (3) primeros meses del año. 

Cuando no se realizaron los aportes al sistema de seguridad social y aportes parafiscales.

Cuando no se cumple con las obligaciones tributarias (DIAN e Industria y Comercio).

Cuando no se cumple con los requisitos de edad, número de empleados y valor de activos descritos en la ley.

¿Cuáles son las condiciones para la renovación de los beneficiarios de la ley 1780 de 2016?

Las personas jurídicas deben presentar certificación o constancia expedida por el representante legal y/o revisor fiscal, acreditando que los accionistas o socios entre 18 y 35 años, representan como mínimo la mitad más uno de las cuotas o acciones en la sociedad.

Las personas naturales o jurídicas deben declarar que han cumplido con las obligaciones tributarias y aportes parafiscales a su cargo.

Presentar copia de los estados financieros firmados por el contador y/o revisor fiscal, con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

¿Cuáles son las exclusiones a los beneficios de la ley 1780 de 2016?

Las personas naturales que cancelen la matrícula mercantil con posterioridad al 02 de mayo de 2016 y soliciten una nueva con la misma actividad económica.

La persona jurídica creada como consecuencia de la escisión de una o más personas jurídicas existentes.

Las personas jurídicas creadas a partir de la vigencia de la Ley 1780 de 2016 como consecuencia de una fusión.

Cuando en la constitución de personas jurídicas, posterior a la entrada en vigencia de la ley, se aporten o transfieran establecimientos de comercio de otras personas naturales o jurídicas existentes para desarrollar la misma actividad económica.


Formatos Ley 1780   De promoción del empleo y el emprendimiento juvenil


Devolución
de Dinero


 Ley 1429 de 2010

 Ley 1780 de 2016

En el año 2010, con la expedición de la Ley 1429, se buscó generar empleo para los jóvenes entre 18 y 28 años de edad, sentando las bases institucionales para el diseño y ejecución de políticas de empleo, emprendimiento y la creación de nuevas empresas jóvenes.

En tal sentido, las pequeñas empresas que iniciaron su actividad económica principal durante la vigencia de la presente Ley, pagarán tarifas progresivas para la matrícula mercantil y su renovación, así:

Cero por ciento (0%) del total de la tarifa establecida para la obtención de la matrícula mercantil en el primer año de desarrollo de la actividad económica principal.

Cincuenta por ciento (50%) del total de la tarifa establecida para la renovación de la matrícula mercantil en el segundo año de desarrollo de la actividad económica principal.

Setenta y cinco por ciento (75%) del total de la tarifa establecida para la renovación de la matrícula mercantil en el tercer año de desarrollo de la actividad económica principal.

Cien por ciento (100%) del total de la tarifa establecida para la renovación de la matrícula mercantil del cuarto año en adelante del desarrollo de la actividad económica principal.

Así mismo, en el año 2016, el Gobierno Nacional expidió la Ley 1780, la cual buscó brindar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas con el fin de aumentar beneficios y disminuir los costos de formalizarse.

Por lo tanto, las pequeñas empresas jóvenes que iniciaron su actividad económica principal durante la vigencia de la presente Ley, están exentas del pago de la matrícula mercantil y de la renovación del primer año siguiente al inicio de la actividad económica principal.


Descarga aquí el formato para realizar la solicitud de devolución del dinero


lISTADO DE EMPRESAS

que cuentan con ESTE BENEFICIO


En razón a lo anterior, podrá descargar aquí el listado de las pequeñas empresas que cuentan con devolución de dinero por concepto de este beneficio. ¡Tenga en cuenta! Para acceder a los beneficios mencionados, deben cumplir con los requisitos que le apliquen.

LEY 1780 DE 2016

Base de datos de los comerciantes beneficiados

LEY 1429 DE 2010

Base de datos de los comerciantes beneficiados


GUÍA de registro mercantil

Como iniciativa creamos este documento que le facilitará la gestión de los trámites mercantiles a los empresarios, emprendedores y clientes de la Cámara de Comercio de Pereira por Risaralda, como herramienta informativa que aporte conocimientos claves, para adelantar sus procesos de registro.


Tomo 1

Xlll capítulos con información clave que le permitirán adelantar los trámites de registro mercantil en la entidad

Servicios virtuales Cámara de comercio de Pereira