LA LEY 1429 TIENE MÁS BENEFICIOS PARA LOS NUEVOS EMPRESARIOS
(Pereira, 5 de Julio de 2011) Aunque ya culminó el tiempo para acceder al beneficio de amnistía de la ley 1429, la también conocida ley de formalización y generación de empleo aún tiene beneficios para los nuevos comerciantes y empresarios.
Según el artículo 7 de la Ley 1429 de diciembre 29 de 2010, reglamentado por el Decreto 545 de 2011, las personas naturales y jurídicas que desarrollen pequeñas empresas y que se matriculen en las Cámaras de Comercio, con posterioridad a la entrada en vigencia de esta Ley, no tendrán que pagar el valor de la matrícula mercantil, sólo deben pagar el del establecimiento si lo tienen y los impuestos de ley. Para el segundo año deberán pagar el 50% de la renovación de la matricula; el tercer año pagarán el 75% y a partir del cuarto año de desarrollo de la actividad económica el empresario deberá pagar al 100% la renovación de la matrícula mercantil. Para mayor información llamara al teléfono 3387800 extensiones 113, 134 ó 162 ó dirigirse a las sedes de la entidad en el Centro, Cuba, La Virginia o Belén de Umbría. |
Fecha: 05 de Julio de 2011 |