EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO, UN TRÁMITE NETAMENTE VIRTUAL Y CON MODIFICACIONES PARA ESTE 2019
-Todos los operadores de turismo o prestadores de servicios relacionados con el sector tienen plazo hasta el 01 de abril para adelantar esta diligencia de renovación. (Pereira, 27 de febrero de 2019). La Cámara de Comercio de Pereira habilitó un micrositio web para facilitar la jornada de Renovación de los Registros públicos a través del cual se realizan todos los trámites sin necesidad de trasladarse a las sedes de la entidad, optimizando el tiempo de quienes deben realizar esta diligencia. En este micrositio los operadores del sector Turismo cuentan también con la ruta que los dirige a realizar la inscripción o actualización del Registro Nacional de Turismo - RNT. Este trámite, que se puede realizar hasta el próximo 01 de abril se efectúa en su totalidad de forma virtual. En este año 2019 para los prestadores y operadores de servicios turísticos, se presentan novedades a la hora de efectuar su actualización o inscripción del RNT, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2063 de noviembre del 2018 en el cual se indica que a partir del 01 de Febrero de 2019, renovar o inscribirse en el RNT será un trámite declarativo que suprime el cargue documental que incluía documentos como: norma técnica de sostenibilidad y/o declaración de primera parte, código de conducta, estados financieros y soporte de pago de la contribución parafiscal a FONTUR. A partir de este año también se elimina el pago del impuesto de registro que se realizaba a favor de la gobernación de Risaralda, a través de la Cámara de Comercio de Pereira. Este impuesto que tenía un costo de $ 82.800, para este año se omitió con el objetivo principal de brindar facilidades y beneficios a los prestadores de servicios turísticos a la hora de realizar su renovación o inscripción del RNT, lo que a su vez permite más formalidad para este importante sector de comerciantes y guías de turismo del departamento de Risaralda. Aunque a la hora de realizar la actualización del RNT se omite el cargue documental, los prestadores y operadores del servicio turístico deben cumplir con los siguientes requisitos generales:
Otros cambios importantes que contempla el Decreto 2063 de 2018 ·No se inscriben en el RNT, los establecimientos de alojamiento por horas. ·No requieren estar matriculados en el Registro Mercantil los guías de turismo, las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente. ·Cuando el prestador de servicios turísticos no actualice durante dos (2) periodos consecutivos su Registro Nacional de Turismo se cancelará de manera automática la inscripción del mismo. ¿Quiénes son considerados prestadores de servicios turísticos que deben efectuar la inscripción o actualización del Registro Nacional de Turismo? • Los hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente. |
Fecha: 27 de Febrero de 2019 |