Haga parte del círculo de clientes preferenciales de la Cámara de Comercio de Pereira y obtenga beneficios y servicios adicionales.
Podrán ser afiliados a una Cámara de Comercio de Pereira, las personas naturales o jurídicas que:
1
Así lo soliciten.
2
Tengan como mínimo dos (2) años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio.
3
Hayan ejercido durante este plazo la actividad mercantil, y
4
Hayan cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matrícula mercantil en cada periodo, así como la del o los establecimiento(s).
El afiliado para mantener su condición deberá continuar cumpliendo los anteriores requisitos.
Quien ostente la calidad de representante legal de las personas jurídicas deberá cumplir los mismos requisitos previstos para los afiliados, salvo el de ser comerciante.
Para ser afiliado o conservar esta calidad, las personas naturales o jurídicas deberán cumplir las siguientes circunstancias:
1
No haber sido sancionadas en procesos de responsabilidad disciplinaria con destitución o inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas;
2
No haber sido condenadas penalmente por delitos dolosos;
3
No haber sido condenadas en procesos de responsabilidad fiscal;
4
No haber sido excluidas o suspendidas del ejercicio profesional del comercio o de su actividad profesional;
5
Estar incluidas en listas inhibitorias por lavado de activos o financiación del terrorismo y cualquier actividad ilícita.
Las Cámaras de Comercio deberán abstenerse de afiliar o deberán cancelar la afiliación de la persona natural o jurídica, cuando conozcan que no cumple o ha dejado de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo.
En caso de que el representante legal del afiliado no cumpla o deje de cumplir los requisitos, la Cámara de Comercio lo requerirá para que subsane la causal, en un término no superior a dos (2) meses, so pena de proceder a la desafiliación.
Pérdida de la calidad de afiliado. La calidad de afiliado se perderá por cualquiera de las siguientes causales:
1
Solicitud escrita del afiliado.
2
Por no pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.
3
Por la pérdida de la calidad de comerciante.
4
Por incumplimiento de cualquiera de los requisitos y deberes establecidos para conservar la calidad de afiliado.
5
Por encontrarse en proceso de liquidación.
6
Por cambio de domicilio principal a otra jurisdicción.
7
Por orden de autoridad competente.
La desafiliación no conlleva la cancelación de la matrícula mercantil ni la devolución de la cuota de afiliación.
Deberes de los afiliados. Los afiliados a la Cámara de Comercio de Pereira deberán:
1
Cumplir con el reglamento interno aprobado por la Cámara de Comercio de Pereira.
2
Pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.
3
Actuar de conformidad con la moral y las buenas costumbres.
4
Denunciar cualquier hecho que afecte a la Cámara de Comercio de Pereira o que atente contra sus procesos electorales.
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Expida sus certificados de comerciante, establecimiento, existencia y representación legal, a través del dispensador automático, las 24 horas del día, los 7 días de la semana. (Para este servicio requiere de una clave, la cual se entregará en el momento de su afiliación).
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Participe de un espacio en donde usted podrá interactuar y relacionarse con otros empresarios Afiliados, además de participar en eventos académicos y sorteos.
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Obtenga gratis copia de todos los documentos que haya registrado en la Cámara de Comercio de Pereira. (Nota: esto aplica solo en medios digitales, de lo contrario pagará el 50% de la tarifa plena)
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