La Cámara de Comercio de Pereira se une a “Conciliatón” nacional
La cámara de Comercio de Pereira se une a “conciliatÓn” nacional
"La conciliatón es una estrategia del Ministerio de Justicia y del Derecho, que en asocio con centros de conciliación y conciliadores busca promover el diálogo y la autogestión de los conflictos entre los ciudadanos como una alternativa eficiente y eficaz de acceso a la justicia." Es mejor la conciliación que el conflicto La conciliatón es una estrategia del Ministerio de Justicia y del Derecho, que invita a los ciudadanos a solucionar sus conflictos de diferentes índoles por medio del diálogo, buscando evitar las vías de hecho. Es una iniciativa donde se ofrecen servicios gratuitos de conciliación para personas de estratos 1, 2 y 3 y la fecha máxima para inscribirse es el 15 de octubre del 2020. Se puede conciliar de forma virtual Teniendo en cuenta las medidas de bioseguridad por la pandemia del COVID-19, los servicios de conciliación se prestarán por medios virtuales. Durante la jornada, los ciudadanos que tengan asuntos pendientes relacionados con familia, deudas, contratos y conflictos de convivencia, entre otros, podrán resolverlos mediante la conciliación y utilizando medios electrónicos para no salir de casa. ¿Cómo participar para solucionar mi conflicto? Los interesados deben ingresar al portal web del Ministerio de Justicia y del Derecho www.minjusticia.gov.co/Conciliatón y en el link correspondiente a INSCRIPCIÓN DE CASOS diligenciar el formulario y enviarlo al correo electrónico [email protected] disponible para la jornada. También pueden contactarse directamente con uno de los centros de conciliación o puntos de conciliación habilitados en su ciudad, que presten sus servicios por medios virtuales. Consulte en www.minjusticia.gov.co/Conciliaton la oferta de servicios disponible para la jornada. ¿Qué situaciones pueden requerir de conciliar?
Fijación de cuotas alimentarias. Responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales. Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas, u obligaciones en general. Propiedad horizontal, particularmente cuotas de administración. Restitución de inmuebles arrendados. Liquidación de la sociedad conyugal y disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho. Conflictos de convivencia Custodia de hijos y regulación de visitas. Asuntos laborales que puedan ser conciliables. Lesiones personales culposas. Accidentes de tránsito sin lesiones personales. Daño en bien ajeno. Injuria y calumnia, cuando no trascienda. Injuria y calumnia indirecta. Abuso de confianza.
Para mayor información contactarse a los correos electrónicos [email protected] y [email protected] o al teléfono 3387800 extensiones 231 y 232 ¡Es mejor conciliar que lamentar!
Inscriba su caso antes del 15 de octubre y participe de esta oportunidad con apoyo de la Cámara de Comercio de PereiraFORMULARIO INSCRIPCIÓN |
Fecha: 09 de Octubre de 2020 |