MAÑANA VENCE PLAZO PARA RENOVAR SUS REGISTROS
(Pereira, 30 de marzo de 2015) Mañana martes 31 de marzo vence el plazo para que los comerciantes, entidades sin ánimo de lucro y operadores de turismo renueven sus respectivos registros que los identifican como entidades y empresarios formales.
La Cámara de Comercio de Pereira hace un llamado a todos aquellos empresarios que a la fecha no han realizado el proceso de renovación, a que se acerquen a cada una de las seis sedes de la entidad (Principal de la carrera 8va, Cuba, La Virginia, Marsella, Belén de Umbría y Quinchía) y se eviten sanciones que serán impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo. A Continuación conozca cada uno de los registros públicos:
REGISTRO MERCANTIL
El registro mercantil es aquel que permite consignar los derechos, actos, contratos y personas que tienen relación directa con el tráfico mercantil, permitiendo conocer el número de comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos de carácter mercantil.
La ley es clara en señalar que deben inscribirse en el registro mercantil las personas que ejerzan el comercio y asi mismo deben renovar su identidad comercial hasta el 31 de marzo de cada año.
En caso de no renovar, durante el mes de abril las Cámaras de Comercio del país reportarán a la Superintendencia el listado de comerciantes que incumplieron con su deber legal de renovar la matrícula mercantil oportunamente, con el fin de que la entidad pueda adelantar las respectivas investigaciones administrativas e imponer las sanciones económicas a que haya lugar y que alcanzan los 17 salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, es decir 10 millones 953 mil 950 pesos.
REGISTRO NACIONAL DE TURISMO
Deben inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos que efectúen operaciones en Colombia. Se definen como prestadores de servicios turísticos, los hoteles, centros vacacionales, viviendas turísticas y otros tipos de hospedajes no permanentes, las agencias de viaje, guías de turismo, entre otros.
Los prestadores de servicios turísticos que no cumplan con esta obligación al 31 de marzo, tendrán que pagar una multa a Fontur (Fondo Nacional de Turismo) correspondiente a un salario mínimo mensual legal vigente, es decir $644.350 y serán sujetos al cierre temporal de su establecimiento de comercio, así como la suspensión del registro, como lo establece el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
REGISTRO DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Son personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones y como su nombre lo indica la ausencia de lucro es una de sus características fundamentales. La Ley clasifica estas personas de derecho privado en varias categorías: Corporaciones, asociaciones, fundaciones, entidades del sector solidario (cooperativas, precooperativas, asociaciones mutuales y fondos de empleados, entre otros).
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
Todas las Personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, tendrán que estar inscritas en el Registro Único de Proponentes que llevan las Cámaras de Comercio, el cual es público, de creación legal y contiene la información de quienes aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales. La renovación del Registro Único de Proponentes se vence el quinto (5) día hábil del mes de abril, es decir el jueves 9 de abril de 2015; los proponentes que no hayan efectuado su renovación a esta fecha, el día diez (10) de abril cesarán los efectos de su inscripción, y su registro quedará cancelado.
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Fecha: 30 de Marzo de 2015 |