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REGISTRO DE PROPONENTES

Todas las Personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro único de Proponentes que lleve la Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en su domicilio principal.

Son objeto de inscripción en el Registro Único de Proponentes los siguientes actos: la inscripción, renovación, actualización y cancelación, así como la cesación de los efectos de la inscripción y la revocación del registro según corresponda. Dichos actos se inscribirán en orden cronológico con base en los documentos e informaciones que presenten los interesados y las entidades estatales, previa verificación documental que se haga de los documentos aportados y se certificarán las condiciones de experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente que fueron verificadas, así como la clasificación que el mismo proponente realice.

Las Cámaras de comercio llevarán el registro único de proponentes, el cual es público, de creación legal y contiene la información de quienes aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales. Dicha información obtenida mediante la verificación de los requisitos habilitantes y demás información relacionada y la clasificación que cada interesado realiza al momento de su inscripción, renovación o actualización, aportando la documentación que se exige legalmente y que es objeto de verificación documental por parte de la Cámara de Comercio respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el nuevo Decreto 0734 del 13 de Abril de 2012, en el cual se unifica toda la reglamentación de la ley con relación al Registro Único de Proponentes.


*En nuestra página Web  www.camarapereira.com , en el menú principal eligiendo la opción Registros públicos, bajo el link de Proponentes, encontrará las listas de chequeo para verificar la documentación a presentar, los modelos de certificaciones autorizados por la Superintendencia de Industria y Comercio, así como la normatividad respectiva, para la presentación de los trámites de Inscripción, Renovación o Actualización del Registro Único de Proponentes.

                                                                                                                                                                                          


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EN CCP, SIN ANIMO DE LUCRO)